Paraná, 27 de abril de 2016
Sres.
Socios:
Mediante el presente, se envía como archivo adjunto circular de la Obra Social del Poder Judicial Nacional respecto al sello autorizante cuando el afiliado excede el tope de recetas mensual.
Cabe aclarar que para prestar servicios de esta entidad, tienen que tener el alta de la misma.
Atentamente
CAMARA ENTRERRIANA DE FARMACIAS